Agència Tributària de Catalunya - Presentación telemática obligatoria a la vuelta de la esquina.

La Agencia Tributaria de Catalunya ha emitido un comunicado anunciando que el próximo 1 de junio de 2017 entrará en vigor la orden mediante la cual se obligará a la presentación de algunas autoliquidaciones por vía telemática.
Las autoliquidaciones que se deberán presentar por vía telemática son:
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El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (modelos 600 y 620);
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El impuesto sobre sucesiones y donaciones (modelos 660 y 650, 651, 652 y 653)
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El impuesto sobre las estancias en establecimiento turísticos (modelos 940 y 950)
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Y, por último, la tributación sobre el juego (Modelos 040, 042, 043, 044, 045 y 046).
Cabe reseñar que la orden sólo afectará a determinados obligados tributarios; los cuales, son:
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Las personas jurídicas.
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Las entidades sin personalidad jurídica.
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Las personas que representen a un contribuyente que esté obligado a la presentación y pago electrónico;
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Los intermediarios fiscales que presenten autoliquidaciones por cuenta de terceros;
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Y, otras personas o entidades que prevé el artículo 92 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, que tengan la condición de colaboradores sociales en aplicación de los tributos y que cumplan los requisitos y condiciones que establece la norma vigente.
Puede acceder a la nota original de la ATC: aquí
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